29/12/12

Certificado de Discapacidad

Con el diagnostico de la EM se vienen muchas dudas a la cabeza, una de ellas, el certificado de discapacidad.

Os dejo la información necesaria para poder solicitarlo en España. Tiene mas ventajas que inconvenientes, se puede utilizar cuando TU quieras. Y sobretodo piensa que por tener un certificado de discapacidad no eres menos que nadie, si no hazte esta pregunta..."¿Quien tiene el 100% de salud?" ya te lo digo yo, NADIE.

Por el simple hecho de tener EM no te dan el minimo (33%), pero si que por alguna secuelas, otras dolencias y factores sociales se puede llegar este minimo que hoy en dia solo da ventajas, una de ellas a nivel de contratación (por la ley LISMI, que conceden ayudas y subvenciones a las empresas que contratan personal con discapacidad), la tarjeta del metro mas barata, descuentos en la compra de tu casa, viajes mas baratos, descuentos en ginmasios, mercados y tiendas varias...entre otras muchas opciones depediendo de la comunidad Autonoma y Ayuntamiento, en Barcelona  visita esta pagina: http://www.targetarosa.com/es/.

a continuación la información relativa al certificado de discapacidad

Certificado de discapacidad

Introducción

Cuando una persona tiene alguna limitación sensorial, psíquica o física, así como plurideficiencias (es decir, que tiene varias de estas discapacidades), lo más conveniente es acudir a la Consejería de Asuntos Sociales de su localidad o Ayuntamiento, y allí un trabajador social le informará sobre los pasos que debe seguir para que le realicen una revisión que certifique su grado de minusvalía.
Este certificado puede serle útil a la hora de acceder a viviendas, al comprar un vehículo, buscar trabajo o incluso para estudiar, y acceder a becas o subvenciones creadas para personas con discapacidad. El grado de discapacidad para poder acceder a los derechos, beneficios fiscales u ofertas de empleo reservadas a personas con discapacidad debe ser igual o mayor del 33 por ciento.
Hoy día tanto administraciones públicas como privadas se encuentran trabajando en la mejora de los derechos y oportunidades para personas con discapacidad, y la idea es que una persona que padezca alguno de los problemas mencionados, pase por un tribunal médico oficial, que certifica su discapacidad y el grado de ésta, ya que según ese grado la persona podrá o no trabajar, y tendrá derecho o no a una pensión como ayuda para poder realizar su vida diaria.
El certificado de minusvalía es un documento oficial que puede ser expedido únicamente por la Administración Pública. En este certificado ha de figurar si la minusvalía es temporal o definitiva, y quedará reflejado en ese mismo documento si la persona que ha solicitado dicho certificado ha de pasar revisión o no, y cuándo.
Pueden contactar para solicitar pasar por el tribunal médico en las direcciones que están a continuación (abre en ventana nueva)
Centros de valoración de discapacidad Abre nueva ventana

¿Quiénes certifican nuestra discapacidad?

La persona que pasa el tribunal médico tendrá que entrevistarse con varios profesionales, y entre todos, dictarán un dictamen para decidir el grado de discapacidad:
  • Un/a profesional médico.
  • Un/a psicólogo/a.
  • Asistente social.
El trabajador social le indicará cuál es su centro base para realizar la revisión para el certificado de discapacidad, ya que cada Comunidad Autónoma rige sus propios centros.

¿Para qué sirve el certificado de discapacidad?

Una vez que tenemos el certificado de minusvalía, este nos puede otorgar ciertos derechos:
  • Derecho a solicitar viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad.
  • Derecho a solicitar ayudas para adaptar nuestra vivienda.
  • Descuentos en transporte.
  • Ayudas y subvenciones económicas varias.
  • Programas y servicios especiales de salud.
  • Ayudas para formación y empleo.
  • Reducciones de impuestos (como en el caso de comprar un vehiculo: la persona con certificado de discapacidad está exenta de pagar el impuesto de nueva matriculación y de circulación).
  • Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento (solo para personas con movilidad reducida).

Información ampliada sobre beneficios

  • PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS. El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social.
    La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
    Le podrán informar más ampliamente en la Seguridad Social.
    También puede encontrar más información sobre pensiones contributivas y no contributivas en la sección Guías, a través del siguiente enlace: http://www.discapnet.com/Discapnet/Castellano/Guias/Prestaciones/Prestacionessistema/default.htm
  • ASISTENCIA SANITARIA En su nivel no contributivo, la Seguridad Social reconoce el derecho a la asistencia sanitaria a todos los perceptores de pensiones no contributivas y del subsidio por desempleo y a los familiares a su cargo, así como a las personas sin recursos económicos suficientes (quines carezcan de rentas e ingresos de cualquier naturaleza que sean superiores, en cómputo anual, al salario mínimo interprofesional). También se reconocerá el derecho, aunque superen dicho límite, si el cociente entre las rentas anuales y el número de menores y/o incapacitados a su cargo fuera igual o menor a la mitad del salario mínimo interprofesional.
    Descuentos en fármacos.
  • DESCUENTOS EN TRANSPORTE. En la Comunidad de Madrid existen ayudas específicas para taxi (no se puede tener vehículo propio). Se puede solicitar información en la Seguridad Social.
    Tarjeta Dorada de Renfe. Informarse en Renfe.
    Bono Tet: Tarjeta especial de Transporte para personas de Madrid y que además no ingresen al menos más de 451 euros. Es un bono para EMT.
    Rebajas en la adquisición y/o adaptación de vehículos. Informarse en concesionarios sobre posibles descuentos en las distintas marcas para personas con discapacidad.
    Exención en el impuesto de primera matriculación y de circulación (informarse en la localidad donde se reside).
    Tarjeta especial de aparcamiento (reserva de plaza para personas con discapacidad)
Otras ventajas fiscales:
  • PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO.
  • INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
  • DEDUCCIÓN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA. (Informarse en la Agencia Tributaria).
  • ACCESO A VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL.
  • DESCUENTOS EN PROGRAMAS DE BALNEARIOS, VIAJES, Y TURISMO Y OCIO EN GENERAL (gestionados por el IMSERSO).
  • DESCUENTOS O GRATUIDAD EN SERVICIOS DE DEPORTE Y PISCINAS MUNICIPALES (información en su ayuntamiento). En Madrid existe un carné especial para personas con discapacidad con el que se puede acceder a centros deportivos de forma gratuita.
  • BECAS PARA EDUCACIÓN ESPECIAL.
  • DEDUCCIONES EN TEMAS LEGALES. A la hora de llevar a cabo un proceso de separación o pedir una pensión alimenticia, el Estado nos ayuda con deducciones.
  • ABONO SOCIAL DE TELEFÓNICA. Reducción en la cuota instalación y abono de la línea telefónica.
  • AYUDAS PARA COMPAÑÍAS ASEGURADORAS, COMO MAPFRE O ISFAS.
IMPORTANTE: se puede solicitar más información de todas estas ayudas en los Servicios Sociales de los distintos Ayuntamientos.

¿Dónde hemos de dirigirnos para solicitar el Certificado?

La persona interesada en conseguir un certificado de minusvalía ha de dirigirse al centro base del IMSERSO más cercano a su domicilio o bien el que le indique el Asistente Social de la Consejería de Asuntos Sociales de su Ayuntamiento.
La solicitud, junto con la documentación, se presentará en los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad, en los Centros de Servicios Sociales Municipales, en el Registro de la Consejería de Servicios Sociales o en cualquier registro oficial de la Comunidad de Madrid.
También se puede solicitar a nuestro médico de la Seguridad Social, quien revisará los informes pertinentes, y decidirá sí el paciente tiene los requisitos necesarios para poder obtener el certificado.

Pasos para conseguir el certificado

  • Acudir a la Consejería de Asuntos Sociales del Ayuntamiento y hablar con un Trabajador Social. O acudir a los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad más cercanos al solicitante.
  • Solicitar el certificado.
  • Acudir a las citas que nos indiquen en el centro base donde pasaremos la revisión.
  • Documentos a adjuntar:
    • Informes médicos (fotocopiar también informes psicológicos y sociales si se tienen).
    • Fotocopia y original del DNI de la personas solicitante y su representante legal, si lo tiene.
    • Si no hay DNI, presentar copia del Libro de Familia.
    • Si el solicitante ya tiene invalidez, reconocido por la Seguridad Social, ha de adjuntar fotocopia de la Resolución de la Comisión de Evaluación de Incapacidades.

¿Cuándo se considera que tenemos una minusvalía?

Cuando los responsables del centro base nos reconocen un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

Direcciones de Centros Base de toda España

Puede encontrar la información sobre dirección y forma de contacto de los Centros Base de toda España en el siguiente enlace: Centros base
También puede encontrarlo a través de este enlace (abre en ventana nueva).




Salud


Noelia

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